Se entenderá por el término «tortura» todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.
Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de 1984.

Que el Estado de Derecho obliga a los poderes públicos a proteger a sus ciudadanos frente a cualquier forma de violencia pública o privada parece evidente, sin embargo, en Italia, la legislación penal todavía no recoge un tipo delictivo de tortura.
Precisamente en estos días el Senado ha aprobado un proyecto de Ley que tendrá que ser debatido en el Parlamento.
Italia se encuentra en la paradoja de ser el país de origen de grandes juristas como Norberto Bobbio, Nuccio Ordine o el recientemente fallecido Stefano Rodotà, que han ayudado a diseñar la actual concepción de Estado social y democrático de Derecho, y, sin embargo, a pesar de haber ratificado de la Convención contra la tortura, el Estado italiano no cuenta con un tipo delictivo que proteja a sus ciudadanos.
La gravedad de esta carencia es especialmente llamativa, ya que el poder público sólo se encuentra legitimado por el respeto a los derechos fundamentales, y la tortura es un acto que atenta directamente contra la propia dignidad de la persona que el Estado está obligado a salvaguardar.
El Estado italiano no cuenta con un tipo delictivo que proteja a sus ciudadanos
La dignidad humana se traduce, entre otras cosas, en tener voluntad propia y no ser degradado a un instrumento de la voluntad ajena. Esta salvaguarda se convierte en especialmente pertinente en los casos de privación de libertad. La historia italiana nos ha demostrado en qué medida esto es importante.
El ejemplo de Génova 2001
El caso más relevante es el de los hechos ocurridos durante el G8 de 2001 en Génova, por los cuales Italia ha sido condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por haber vulnerado el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, según el cual, nadie puede ser sometido a tortura ni a tratos inhumanos o degradantes.

Más recientemente, los casos de Federico Aldrovandi en 2005 y de Stefano Cucchi en 2009, ambos fallecidos cuando se encontraban en disposición policial, han reavivado la polémica y han puesto en evidencia la urgencia de legislar sobre esta práctica, tal y como ha denunciado en diversas ocasiones Amnistía Internacional.
En la actualidad, la Asociación Antigone, que vela por los derechos de los detenidos y es la principal activista en Italia por la regulación de este delito, se ha mostrado profundamente crítica con las enmiendas introducidas por el Senado.
Sobre este punto, coincide con Amnistía Internacional, que ha calificado el proyecto como de “impresentable”.
Debate en el Parlamento italiano, criticas al texto de la nueva ley
Por su parte, el senador Luigi Manconi, principal promotor de la propuesta, se ha mostrado indignado por las enmiendas introducidas por el Senado, que desvinculan la tortura de la propia actuación de los funcionarios y poderes públicos, y dan como resultado un texto tan confuso que sería inaplicable, especialmente en los casos de tratos psíquicos ilícitos.
A su vez, el delito sería inaplicable cuando los malos tratos sean resultantes de la ejecución de medidas legítimas privativas o limitativas de derechos, es decir, cuando un reo o un detenido se vea legítimamente privado de libertad, lo cual desvirtúa esencialmente el núcleo del tipo delictivo.
Por último, entre las condiciones de punibilidad del delito se introduce la “reiteración”, lo que da lugar a que un único episodio de tratos inhumanos o degradantes no sean considerados como tortura.
Tal y como ha denunciado la Asociación Antigone, pocos hechos entrarían en el tipo delictivo que recogería la nueva ley, que más que condenar la tortura, parece garantizar el que no se pueda perseguir jurídicamente. Ante el aluvión de críticas que ha recibido el proyecto desde diferentes partidos políticos y juristas, es probable que el texto definitivo sea nuevamente modificado.
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